Auto libra mandamiento de pago
Respuesta corta
En un proceso ejecutivo, el juez ordenó pagar la deuda.
¿Qué significa?
En el proceso ejecutivo, el juez encontró que el título presta mérito ejecutivo y ordenó al deudor pagar. Es el equivalente a admitir la demanda ejecutiva.
¿Qué debe hacer el abogado?
Notifique al ejecutado. Desde la notificación tiene 5 días para pagar y 10 días para proponer excepciones (arts. 431 y 442 del CGP). Solicite o diligencie las medidas cautelares.
¿Cómo se lo explico a mi cliente?
El juez ordenó al deudor pagar la deuda. Ahora hay que notificarle esa orden.
Fuente: CGP, arts. 430, 431 y 442. Los plazos pueden variar en procesos laborales, contencioso administrativos y penales.
Términos relacionados
- Medidas cautelares (embargo y secuestro): El juez ordenó medidas para proteger el resultado del proceso, como embargos.
- Auto ordena seguir adelante la ejecución: En el ejecutivo, el juez ordenó continuar el cobro.
- Auto niega mandamiento de pago: El juez no ordenó el pago; la decisión es apelable.
¿Tiene el radicado? Use el decodificador del radicado para saber qué despacho tiene el proceso, o la calculadora de términos para saber cuándo vence. Guía completa: CPNU, SIUGJ y SAMAI.