Reparto y radicación
Respuesta corta
La demanda fue asignada a un despacho y recibió su número de radicado.
¿Qué significa?
La oficina de reparto asignó la demanda (o el recurso) a un juzgado o tribunal y quedó registrada con su radicado de 23 dígitos. Desde ese momento el proceso existe en los portales de consulta.
¿Qué debe hacer el abogado?
Guarde el radicado completo y verifique a qué despacho correspondió. Con el radicado ya puede vigilar el proceso y esperar el auto que admite, inadmite o rechaza la demanda.
¿Cómo se lo explico a mi cliente?
Su demanda fue asignada a un juzgado y ya tiene número de proceso.
Fuente: Acuerdos de reparto del Consejo Superior de la Judicatura; estructura del radicado: Acuerdo 201 de 1997, modificado por el Acuerdo 1412 de 2002. Los plazos pueden variar en procesos laborales, contencioso administrativos y penales.
Términos relacionados
- Auto admite demanda: El juez aceptó la demanda y ordenó notificar a la parte demandada.
- Auto inadmite demanda: El juez pidió corregir la demanda; hay 5 días para hacerlo.
- Auto rechaza demanda: El juez no aceptó la demanda; se puede apelar.
¿Tiene el radicado? Use el decodificador del radicado para saber qué despacho tiene el proceso, o la calculadora de términos para saber cuándo vence. Guía completa: CPNU, SIUGJ y SAMAI.