Decreto de pruebas
Respuesta corta
El juez decidió qué pruebas se practicarán.
¿Qué significa?
El juez resolvió cuáles de las pruebas pedidas se practicarán (testimonios, peritajes, documentos, inspecciones) y cuáles niega.
¿Qué debe hacer el abogado?
Asegure la comparecencia de testigos y peritos y cumpla las cargas que le impongan. Si niegan una prueba suya, revise si procede recurso (el auto que niega pruebas es apelable, art. 321, num. 3).
¿Cómo se lo explico a mi cliente?
El juez decidió qué pruebas se van a revisar en el proceso.
Fuente: CGP, arts. 168, 173, 321 (num. 3) y 372 (num. 10). Los plazos pueden variar en procesos laborales, contencioso administrativos y penales.
Términos relacionados
- Audiencia: Se realizó una audiencia del proceso.
- Auto fija fecha de audiencia: El juez programó una audiencia.
- Auto concede apelación: El juez aceptó que su decisión la revise el superior.
¿Tiene el radicado? Use el decodificador del radicado para saber qué despacho tiene el proceso, o la calculadora de términos para saber cuándo vence. Guía completa: CPNU, SIUGJ y SAMAI.